Los peritos judiciales economistas con los encargados de determinar en los casos de demandas a un banco por la venta de productos bancarios de alto riesgo, si la persona que ha contratado dichos productos ha recibido suficiente información por parte del director de la sucursal que le ha vendido el producto.
Pero también debe de decir en su informe si el cliente estaba o no debidamente capacitado para entender esta información en el caso de que le haya sido proporcionada. Esto siempre lo hará conforme a su criterio, que debe de basar en una serie de preguntas y consideraciones lo más objetivas posibles.
Para eso, el perito judicial le preguntará al contratante del producto su nivel de estudios, le preguntará sobre sus conocimientos de economía y finanzas, estudiará que inversiones ha realizado en el pasado y realizará otras averiguaciones similares que determinen si esta persona suele realizar inversiones de alto riesgo y si entiende en qué consisten.
El objetivo de este informe es que el juez tenga un criterio profesional que le ayude a tomar la decisión de si esta persona sabía lo que estaba firmando cuando contrató un producto de alto riesgo (preferentes, por ejemplo) o si por el contrario podría ser que estuviera convencido de estar firmando por un producto de bajo riesgo, desconociendo la posibilidad de perder gran parte o incluso la totalidad de su capital.
El caso de la bonoloto
En el mes de marzo, aproximadamente, supimos que un hombre de 62 años acababa de perder todo el dinero ganado en una Bonoloto, un total de 6,5 millones de euros, realizando inversiones de alto riesgo.
El hombre demandó en ese momento al Banco Santander, exigiendo la devolución de un total de 900.000 euros invertidos en lo que él ha declarado que pensaba que eran fondos a plazo fijo sin riesgo y que resultó ser un producto estructurado denominado Tridente.
Cuando el cliente acudió a la oficina para cobrar 30.000 euros que necesitaba para una operación de rodilla, descubrió que había perdido todo su dinero.
Ahora, el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Castellón acaba de dictar sentencia a favor del demandante, condenando al Banco Santander a devolverle los 900.000 euros al declarar el acuerdo nulo. El banco tendrá que pagarle un total de 1.062.612, ya que a la cantidad inicial se le suman los intereses por el tiempo transcurrido.
http://www.elmundo.es/comunidad-valenciana/2016/04/28/57225a60e5fdeae0788b458f.html