En el post anterior analizamos los efectos del Real Decreto del Gobierno aprobado por el Congreso un mes después de que el Tribunal de Justicia de la UE concediera plena retroactividad en la devolución de las cláusulas suelo y como se está desarrollando la reclamación extrajudicial y cómo están actuando las diferentes entidades bancarias. Una vez realizada dicha reclamación y no siendo satisfactoria para el consumidor sólo queda la vía judicial, conozcamos como está la situación.
La vía judicial como última y definitiva solución
Al denegar la mayoría de bancos la devolución del dinero cobrado de más en las cláusulas suelo acudir a los tribunales es la única salida que tienen la mayoría de ciudadanos. Solo Bankia y Banco Mare Nostrum (BMN) han decidido devolver el dinero a todos sus clientes a través del procedimiento extrajudicial.
El Gobierno señaló en una respuesta parlamentaria que los bancos no devolverán el dinero a todos los afectados, y cifró esta devolución en unos 3.700 millones de euros. Cantidad inferior a la facilitada por el Banco de España que calculó inicialmente que lo devuelto por cláusulas suelo estaría entre los 5.000 y 7.500 millones de euros (cantidad rebajada a 4.000 millones después).
Ante esta alternativa jueces, abogados y asociaciones de consumidores prevén una avalancha de denuncias que van a desbordar los 54 juzgados de primera instancia especializados en cláusulas suelo habilitados por el CGPJ. Por su escaso número y falta de medios.
Por lo tanto, si el banco ha denegado la reclamación extrajudicial, si la liquidación practicada no es la correcta o la entidad no ha contestado en el plazo de tres meses debe reclamarse judicialmente en los tribunales.
1º El afectado necesitará contratar un abogado y un procurador para acudir a los tribunales de justicia.
2º El cliente debe guardar toda la documentación que acredite la adhesión al procedimiento de reclamación y su finalización por el motivo que fuere.
3º Debe acudir a la Oficina de Registro y Reparto judicial que derivará el caso a uno de los 54 juzgados especializados en cláusulas suelo.
4º Tras dictarse sentencia, si el afectado no está de acuerdo con ella podrá recurrirla.
5º Las entidades financieras condenadas a devolver el dinero cobrado de más en las cláusulas suelo de sus hipotecas también están obligadas a ingresar a esos usuarios afectados las cantidades que estos hayan pagado por costas judiciales en los diferentes procesos en los que se haya visto inmerso hasta llegar, en su caso, al Tribunal Supremo. Así lo establece una reciente sentencia del alto tribunal en la que se obligaba a CaixaBank a reintegrar esos gastos «desde el principio de efectividad».
El TS señala que si no se impusieran al banco todas las costas judiciales -desde Primera Instancia hasta la sentencia definitiva dictada por un organismo superior, como la Audiencia Provincial, el Tribunal Superior de Justicia autonómico o el propio Supremo- supondría la aplicación de una salvedad en perjuicio del consumidor. Los magistrados del Supremo entienden que si el afectado tuviera que pagar finalmente las cargas judiciales en todas las instancias a las que recurra «se produciría un efecto disuasorio inverso» para que los consumidores «no promovieran litigios» en casos en los que haya en juego cantidades de reclamación «moderadas».
Por lo tanto, queda claro que el tema de las cláusulas suelo no es un tema superado ni resuelto tal y como se ha tratado de transmitir a la ciudadanía. Haciendo creer que tras la sentencia del TJUE y con el proceso de reclamación extrajudicial puesto en marcha por el Gobierno el tema quedaba zanjado y los consumidores protegidos y satisfechos.
Es crítico contar con asesoramiento desde el primer momento y sobre todo de un peritaje económico experto de la cantidad a reclamar y de los intereses. Comenzar una reclamación sin tener esos cálculos perfectamente peritados supone asumir un riesgo muy alto y dejar nuestros derechos en las manos de la otra parte.
Recordaros que en Depericias contamos con peritos economista con gran experiencia que ya han trabajado en demandas contra los grandes bancos, como es el caso de las llevadas a cabo por los afectados de las preferentes.