El Real Decreto del Gobierno aprobado por el Congreso un mes después de que el Tribunal de Justicia de la UE concediera plena retroactividad en la devolución de las cláusulas suelo y cuyo objetivo era propiciar un acuerdo no judicializado entre la banca y sus clientes está siendo un fracaso. La mayoría de bancos se opone a la devolución íntegra y obstaculiza el proceso extrajudicial. Parece que el proceso ideado por el Gobierno del que muchos desconfiaban por ver en él a la banca como juez y parte ha dado un respiro a la banca, pero no a los ciudadanos. La vía judicial va a ser la principal para la mayoría de reclamantes. Y en todo momento es esencial tener una correcta peritación de las cantidades a reclamar.
¿Cómo funciona la reclamación extrajudicial?
1º Interponer una reclamación extrajudicial ante el banco.
2º Se inicia un procedimiento que no debe durar más de 3 meses en la que el banco remite al consumidor su cálculo de la cantidad a devolver o el argumento según el cual no procede la devolución.
3º El cliente, en el plazo de 15 días, debe manifestar su conformidad o no con dicho cálculo.
4º En caso de que el cliente no esté de acuerdo podrá interponer demanda judicial.
5º Hay que tener en cuenta que el mecanismo de negociación extrajudicial ha sido recurrido ante el Tribunal Constitucional por considerarse garantista para la banca, pero no para el consumidor. Fuentes del sector financiero estimaban que el mecanismo extrajudicial ideado por el Gobierno para evitar el colapso de los juzgados tan solo serviría para indemnizar a una cuarta parte de quienes lo usen.
¿Cómo está funcionando la reclamación extrajudicial?
1º La banca está rechazando la mayoría de peticiones. La mayoría de veces con argumentos que no deberían cerrar esta vía extrajudicial.
2º Diversas asociaciones de usuarios han denunciado y documentado ante el Banco de España y ante el Ministerio de Economía esta situación. Algunos de los ejemplos de lo que está ocurriendo son:
- Poner la carga de la prueba sobre el afectado al reclamar al cliente que sea él quien justifique por qué cree tener derecho a recuperar el dinero que se le ha cobrado.
- Algunas entidades, se niegan a abrir el proceso de negociación extrajudicial con el cliente alegando que este ya mantiene abierto un litigio contra el banco por este asunto, pese a que el decreto ley establece que las partes podrán pedir la suspensión de los procedimientos judiciales en marcha para dar prioridad a la solución pactada.
- Otras han rechazado reclamaciones que no han sido presentadas con el formulario ad hoc que han diseñado a tal efecto, responden de forma telefónica o escrita, pero sin documentar ni desglosar principal e intereses en su propuesta.
- Puntualmente entidades, han llegado a manifestar al cliente que solo puede realizar la petición en su sucursal de referencia, cuando el decreto obliga a los bancos a ofrecer información “en todas las oficinas abiertas al público” y a facilitar el servicio a través de una “dirección postal y electrónica”.
- También ocurre que dan la razón al cliente, pero le abonan la compensación en su cuenta sin detallar concepto o procedencia.
- Por último te puedes encontrar entidades que remiten una contestación estándar negando la devolución del dinero a sus clientes enumerando una serie de motivos sin precisar cuál de ellos en concreto afecta al reclamante e incluso defienden la legitimidad de sus cláusulas suelo.
- Parece que los bancos no asumen el carácter «abusivo» de una práctica que impusieron durante muchos años a los clientes con hipotecas y siguen rechazando y obstaculizando la devolución íntegra de las cantidades indebidamente cobradas.
Contar con un peritaje económico de las cantidades que debe abonar el banco es una herramienta útil para conocer si lo que ofrece el banco en el caso de la reclamación extrajudicial es lo que realmente tiene que abonar.
En Depericias contamos con peritos economista con gran experiencia que ya han trabajado en demandas contra los grandes bancos, como es el caso de las llevadas a cabo por los afectados de las preferentes.
Vea la segunda parte del post: