El perito arquitecto y la tasación pericial contradictoria

Uno de los trabajos más frecuentes para un perito arquitecto es la realización de una tasación pericial contradictoria. Estas tasaciones son un derecho de todos los contribuyentes cuando no están conformes con el valor comprobado por la Administración para determinados impuesto como es el caso del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones; Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y para el Impuestos sobre el Patrimonio.

Cuando se transmiten bienes susceptibles de una tasación, en especial inmuebles. La Administración realiza su valoración, normalmente en función de unas tablas elaboradas al respecto y empleando comúnmente el valor catastral. Esta valoración es la que se utiliza para determinar cuánto debe de abonar a la Administración la persona que hereda estas propiedades.

Pero puede ocurrir que el valor que se le otorga a esos inmuebles no se corresponda con su valor real, o al menos eso considere la persona. En estos casos puede contratar los servicios de un perito arquitecto que le realice una tasación de los mismos mucho más exhaustiva y que tenga en cuenta todos los detalles.

Si una vez evaluada la propiedad el perito arquitecto determina que, efectivamente, las propiedades tienen un valor real menor del que la Administración les otorga, puede presentarse una tasación pericial contradictoria.

¿Cuándo y cómo se presenta la tasación pericial contradictoria?

Una vez que a la persona se le notifica la liquidación provisional tras la comprobación de valores si la persona interesada no está de acuerdo con dicha liquidación tiene dos vías por las que puede optar: Interponer un recurso de reposición o reclamación económico-administrativa o bien ponerse en contacto con un perito arquitecto para realizar una tasación pericial contradictoria.

-Si se opta por la vía del recurso es muy importante hacer constar en el mismo que el interesado se reserva el derecho a promover la tasación pericial contradictoria. Una vez que haya resolución firme, se contará con un mes de plazo para presentar dicha tasación pericial en caso de que no se esté de acuerdo con la decisión de la Administración.

-Si se decide presentar directamente la tasación pericial contradictoria, se entregará a la Administración la solicitud de tramitación de la tasación pericial contradictoria, la cual debe de acompañarse de:

 

  •  Datos de identificación del interesado.
  •  Un domicilio para poder recibir notificaciones.
  •  Acto administrativo sobre el que se solicita la Tasación Pericial Contradictoria.
  •  Una declaración explícita de que no se ha realizado impugnación en vía económico-administrativa.

Tras esto, será la Administración la que requiera al interesado para que este nombre a un perito que cumpla con los requisitos legales para realizar la valoración alternativa. Hay un plazo de quince días para nombrar a dicho perito y en caso de que no se haga, se da por aceptada la valoración de la Administración cerrándose el expediente.

¿Qué ocurre una vez presentada la tasación pericial contradictoria?

Una vez presentada la tasación pericial contradictoria pueden pasar dos cosas:

-Si la diferencia entre el valor dado por la Administración y el dado por el perito es menor o igual a ciento veinte mil euros y al diez por ciento de dicha tasación, se utilizará la valoración del perito para la liquidación.

Si la diferencia es mayor a esta cifra entonces se hará necesaria la valoración pericial de un tercer perito. Esta valoración será la que se tenga en cuenta. Los honorarios de este perito serán abonados por el contribuyente en caso de que su tasación sea superior en un veinte por ciento al valor declarado y por la Administración si no es así.

 

Lo recomendable en caso de transmisiones de bienes y no estar de acuerdo con el valor que les otorga la Administración es acudir a un perito arquitecto para que nos asesoren sobre los pasos a seguir.