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¿Quién paga al perito judicial?

Cuando se celebra un juicio a menudo se solicita la actuación de un perito judicial o de un perito de parte para que emita un informe y lo defienda ante el juez o el tribunal. Pero, ¿quién paga sus honorarios?
Lo que hay que tener en cuenta son dos aspectos básicos, quién solicita la actuación del perito judicial y el resultado del juicio:
-Si el juez propone un perito judicial durante la fase de instrucción de un juicio contra una persona física o jurídica y esta es declarada culpable y condenada en costas, algo frecuente en estos casos, será la persona condenada la que abone los honorarios del perito.
Sin embargo, puede suceder que esta persona tenga derecho a justicia gratuita, la cual también recoge la actuación del perito judicial. En este caso, será la Administración de Justicia la que tenga que realizar el pago, al igual que en el caso de que el acusado acabe siendo absuelto.
-Si es el fiscal quién solicita la intervención del perito judicial, es la Administración de Justicia a que debe de abonar la minuta del perito. A no ser que el acusado sea condenado y tenga que pagar costas.
Se debe de señalar que el perito judicial no puede cobrar lo que le parezca, sino que su presupuesto está sometido a la aprobación de la Administración, la cual puede rechazar el pago por considerarlo excesivo.
Para evitar esto, los Colegios de Peritos suelen tener unas tablas para que el perito judicial sepa cuánto puede pedir por su trabajo sin que haya problemas a la hora de realizar los pagos. Incluso así, la Administración suele ser lenta, lo que obliga al perito a tener que recurrir a la vía de apremio en más de una ocasión para poder conseguir que se realicen los pagos que se le deben.
-Cuando se trata de un perito de parte, es la parte que lo contrata la que tiene la obligación de cubrir los gastos, incluida la provisión de fondos que se debe de depositar antes de la celebración de los juicios civiles.
Hay que tener en cuenta que si se gana el juicio y el culpable es condenado a abonar costas hay que incluir en las mismas la factura por los honorarios del perito. No obstante, lo habitual es haberla pagado ya previamente, por lo que el perito habrá cobrado y más adelante el cliente recibiría el abono correspondiente por parte del condenado.

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Director de DePericias S.L. - Gabinete Multidisciplinar de Peritos Judiciales. Colegiados e inscritos en el listado oficial de peritos judiciales de la Comunidad de Madrid. Expertos en la elaboración de Informes Periciales en diferentes materias.